Se trata de un hombre que había abusado sexualmente de la hija de su pareja cuando era adolescente. Además, como ya había sido sentenciado por comercializar estupefacientes, los jueces decidieron unificarle la pena.
Un hombre fue condenado a 11 años de prisión luego de que se comprobara que había abusado sexualmente de su hijastra y que el Tribunal Oral Nº 3 decidiera unificarle la pena con otra que pesaba sobre él por venta de droga.
La sentencia se conoció este martes después de que la fiscal Andrea Gómez presentara diversas pruebas en el juicio contra el imputado. De todas formas, la más importante resultó ser la declaración de la propia víctima, que hoy tiene alrededor de 20 años y cuya identidad se mantendrá en reserva.
Los jueces Juan Manuel Sueyro, Fabián Riquert y Mariana Irianni consideraron probado el hecho tras escuchar el relato de la joven, que fue abusada sexualmente entre los 15 y los 17 años por la pareja de su madre, a quien conocía desde pequeña y hasta había participado activamente de su crianza. Tal es así, que el hombre tenía la guarda de la mujer cuando era menor y ella se había enterado de que en verdad no era su padre biológico poco antes de alcanzar la pubertad. Además, es el progenitor de sus dos hermanos.
De acuerdo al testimonio de la víctima, los hechos comenzaron cuando ella era una niña. En su momento, expresó, logró contarle a su tía lo que ocurría, y ésta se lo transmitió a su madre. Entonces, se hizo una denuncia que acabó por ser desestimada en la Justicia local.
Si bien el hombre y la mujer estuvieron separados, tiempo después reiniciaron su relación y la familia volvió a convivir en una casa de la zona de Punta Mogotes hasta que entre 2015 y 2017 ocurrieron nuevos episodios de abuso sexual con la misma menor como víctima.
En esta oportunidad, la joven denunció lo ocurrido y la fiscal Gómez investigó el caso, hasta llegar a la conclusión de que efectivamente su relato era verídico. Según quedó acreditado, la menor fue víctima de tocamientos en un automóvil y en el interior de su vivienda, donde el hombre un día llegó a quitarle la ropa mientras dormía para luego acostarse a su lado, desnudo.
Los jueces Sueyro, Riquert e Irianni consideraron probados los hechos descriptos por la joven, y sostuvieron que a la calificación del delito cometido debía sumarse como agravante el vínculo que existía entre víctima y victimario. Tras analizar la prueba, dispusieron dictarle al hombre una pena de 6 años y 4 meses de prisión por el abuso sexual. Sin embargo, como sobre él pesaba otra condena reciente a 5 años y 8 meses cárcel por “infracción a la ley 23.737 de Estupefacientes con fines de comercialización”, decidieron unificar ambas y finalmente lo sentenciaron a 11 años de encierro más su respectiva multa.